Prescripción en materia de seguros

La prescripción es la pérdida de un derecho por el transcurso del tiempo. En materia de seguros significa que después de transcurrido el tiempo marcado en la ley, el asegurado o el beneficiario no podrá reclamar el pago de la suma correspondiente al seguro contratado. Este tiempo es de cinco años para cobrar seguros de vida y de dos años para cobrar todos los demás tipos de seguros, es decir, de gastos médicos mayores, daños, caución etc., y el plazo será contado a partir de la fecha del acontecimiento que le dio origen, esto es, a partir del siniestro.

Existe una condición para que pueda operar esta prescripción además del solo transcurso del tiempo y es que, en caso de los terceros beneficiarios, estos deberán tener conocimiento de que tienen un derecho de cobro por dicha calidad de beneficiarios.

Si tienes problemas para que una aseguradora te pague o argumenta su negativa en la prescripción, nosotros podemos revisar tu caso, darte un dictamen y ayudarte a cobrarlo. Contáctanos y con gusto te atendemos de forma presencial o virtual.

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